Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y su empleador en donde el primero se compromete a llevar a cabo determinadas tareas y a seguir las instrucciones del segundo, todo a cambio de una determinada retribución.

El contrato de trabajo es la herramienta básica para el buen funcionamiento del mercado laboral. En él se especifican las condiciones bajo las cuales un trabajador llevará a cabo determinadas tareas encargadas por el empleador. Del contrato de trabajo se derivan derechos y deberes de las partes y es una prueba fundamental cuando se solicite la ayuda de un juez en casos de incumplimiento o desacuerdos.

Elementos esenciales del contrato de trabajo

El contrato de trabajo puede tener diversas formas, pero en todas ellas aparecen algunos elementos que son esenciales:

  • Identificación de las partes: los nombres, apellidos, direcciones y documentos identificativos de las partes que firman el contrato
  • Fecha de inicio y duración de la relación laboral: al menos previsible
  • El domicilio de la empresa y del centro en donde irá el trabajador a realizar sus funciones
  • Descripción de la categoría o grupo profesional del puesto de trabajo: explicar en términos generales de que se trata el puesto de trabajo, cuáles son sus funciones principales y obligaciones
  • Monto del salario inicial y los complementos salariales: salario yotras pagas adicionales como por ejemplo navidad o año nuevo.
  • Duración y distribución de la jornada laboral
  • Duración de las vacaciones
  • Plazos en los que se debe dar aviso para poder finalizar el contrato, esto va tanto de parte del trabajador como de parte del empleador
  • Convenio colectivo: si es aplicable

Otro elemento que suele aparecer en los contratos de trabajo (aunque no es obligatorio) es un período de prueba en donde el trabajador debe demostrar su idoneidad con el puesto de trabajo. El empleador puede poner fin al contrato de trabajo antes de que finalice el período de prueba sin mayores consecuencias (particularmente no tiene que indemnizar al trabajador).

Cabe destacar que en un contrato de trabajo debe existir una relación de subordinación, esto es, el trabajador se pone bajo las órdenes del empleador con el fin de llevar a cabo una determinada actividad. Esta relación de subordinación es característica de los contratos de trabajo, aunque no exclusiva (pueden existir otras relaciones de subordinación también).

¿Quiénes pueden firmar un contrato de trabajo?

Depende de las leyes de cada país. Por ejemplo, en España, las personas que pueden firmar un contrato de trabajo son:

  • Los mayores de 18 años
  • Los menores de 18 años, legalmente emancipados
  • Las personas entre 16 y 17 años que cuenten con el permiso de sus padres o tutores
  • Extranjeros de acuerdo a lo que dicte la legislación vigente

Tipos de contrato de contrato de trabajo

  • De acuerdo a su formalización: los contratos pueden ser verbales o escritos.
  • Verbales: el acuerdo entre trabajador y empleador es verbal, no existe documento alguno que pruebe la relación. Esto supone un riesgo en caso de incumplimiento.
    • Escritos: se escribe un documento en donde se detallan las condiciones de la relación laboral. En el caso de España, la Ley exige que en ciertos casos exista un contrato de trabajo.
  • De acuerdo a su duración: los contratos pueden ir desde indefinidos hasta limitados a un período de tiempo u obra.
  • Término fijo: el contrato tiene una fecha de finalización, aunque suele existir la posibilidad de que el contrato se renueve de forma automática o bajo ciertas condiciones.
    • Término indefinido: el contrato no tiene fecha de finalización, en principio se extenderá todo el tiempo que las partes estimen conveniente.
    • Por obra: el contrato durará hasta que se complete una obra o tarea particular.
    • Temporal o transitorio: el contrato durará un periodo de tiempo breve que se limita a cubrir una necesidad temporal, como por ejemplo: el reemplazo de un trabajador por un permiso de maternidad, un peak de demanda en una determinada temporada, reemplazo de un trabajador en vacaciones, etc.

Este post es una actuación enmarcada en el programa PILA, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, en colaboración con la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica de Asturias y el impulso de CEPES como Organismo Intermedio del FSE.

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